lunes, 18 de enero de 2010

APUNTES SOBRE LA NOCION DE PROPIEDAD.


Queridas amistades:
Reciban mis saludos y parabienes.
A raíz de que en algunos países de Latinoamérica (Ecuador, Bolivia, Perú, etc.) se habla del derecho de propiedad, que tienen las poblaciones indoamericanas, sobre la tierra, sus tierras, cierto sector de la izquierda da a entender, implícitamente, que la defensa de un modelo colectivista de propiedad, es propia de la ideología socialista (y por ello, se aboga por una forma colectiva de propiedad para las poblaciones indoamericanas).

Pero nada resulta más alejado de la realidad. La visión colectivista de la tierra, en el presente, no es de origen socialista, sino estalinista. Además, es un modelo que se basa en formas arcaicas de propiedad y que su “adaptación” a nuestros tiempos, solo ha generado grandes desigualdades sociales, entre quienes pueden disponer libremente de su propiedad privada y a quienes se les obliga a detentar formas colectivizantes de propiedad, todo ello en nombre de una mal entendida ideología socialista.
Para entender mejor esta cuestión, me remitiré a las nociones de propiedad que se han dado, a través de la historia de occidente, teniendo muy presente, que cada sociedad y cultura maneja sus propias nociones, acerca de lo que es la propiedad.
Entre los griegos y romanos la propiedad estaba vinculada, indisolublemente, al grupo familiar, es decir, que, mayormente, la propiedad era corporativa. Aclaremos aquí, que el vínculo existente entre la familia y la propiedad se daba a nivel jurídico y no a nivel contractual, como sucede en la contemporánea sociedad burguesa capitalista.
En la edad media, hasta el siglo XIII, los teólogos cristianos defendieron la colectividad de bienes original, que, en su ideología, el hombre perdió al pecar y ser expulsado del Paraíso. Para dichos teólogos, la propiedad privada no era aceptable, pues estaría vinculada a intereses profanos, mundanos, dictados por la conveniencia de ordenar las relaciones entre sujetos.
Siendo así, la posesión, sobre la tierra se convirtió en símbolo de poder, pero no se adquiría en propiedad, sino que el rey cedía territorios para su gobierno, administración y explotación a los señores feudales, y estos a su vez volvían a distribuirlas a sus vasallos. Los dueños eran, entonces, el rey o la iglesia.
Es recién en la baja edad, que se opera un cambio importante en las nociones de propiedad. Así, si entre los romanos la propiedad ere entendida como la tenencia de las cosas (por ello, los romanos se preocuparon más por establecer qué bienes eran susceptibles de apropiación y cuáles no), desde el siglo XIV, la propiedad empezó a ser entendida como un poder, como un derecho personal, privado, sobre las cosas (ello separó las nociones de tenencia y usufrutuo, pues entre los romanos un bien solo podía ser usufrutuado, por quien tenía la titularidad del bien).
Durante la llamada edad moderna, los liberales definen la propiedad, como un derecho natural, un derecho humano, al igual que el derecho a la vida o a la libertad. Es decir, un derecho inherente a la persona con el que se nace y que no depende de concesiones estatales.
Con el advenimiento de la sociedad burguesa capitalista, esta visión liberal de la propiedad, como derecho natural, se consagraría jurídicamente. Hasta este punto, se puede afirmar, entonces, que la noción de propiedad, que se maneja actualmente en la sociedad occidental, se remonta al medioevo.

Nótese aquí, que la noción de propiedad cambio, a través del tiempo, de la edad antigua a la edad media, de la edad media a la edad moderna, pero que la sociedad burguesa capitalista, si bien cambio de orden político (de el despotismo absolutista a la “democracia liberal”), de orden económico (del feudalismo y mercantilismo al capitalismo), no cambio y, más bien, refrendo la noción de propiedad originada en el medioevo.
Ahora, siguiendo la ideología liberal, específicamente su criterio de igualdad, la forma de asegurar, nominalmente, un acceso igualitario a la tierra, se hubiera conseguido a través de la expropiación de todo tipo de terrenos, que hubieran quedado a manos del estado, en este caso, el estado burgués “democrático liberal”, pero a nombre de toda la población (así como se supone que el gobierno es del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, la propiedad de la tierra debía haber sido del pueblo y para el pueblo).
Contrariamente a lo que puedan pensar muchas y muchos, el socialismo saco esta conclusión tras llevar hasta sus últimas consecuencias el discurso liberal.
Y siguiendo esta lectura extrema, se supone que la estatización territorial hubiera permitido, un acceso igualitario a la explotación de la tierra por parte de los capitalistas, quienes no serian sus propietarios (pues la propiedad seria de toda la población), pero si la usufructuarían (las tierras serian entregadas, entonces, a concesión, a quienes invirtieran su capital en ellas).
Si esto no se llevo a cabo, fue porque la clase burguesa, decidió sacrificar sus intereses de clase a favor de sus intereses particulares, es decir, mantener sus propiedades privadas antes que lograr el dominio político, que se hubiera logrado con un acceso a la tierra, limitado a quienes poseyeran capitales para explotarla, esto era la clase burguesa capitalista (lo cual suponía la desaparición de sus rivales por el poder, las clases terratenientes y pequeño propietarias).
Otro motivo para la no estatización de las tierras, fue que, en las luchas revolucionarias habidas en Europa, entre los siglos XVIII y XIX, la clase burguesa capitalista, que se enfrentaba al campesinado y al proletariado por el poder, prefirió aliarse con la clase terrateniente (con quienes tenían ciertos intereses en común, específicamente sus propiedad privadas), para implantar su régimen social (el contemporáneo orden burgués capitalista). Esa alianza solo se pudo concretar, respetando el statu quo territorial, es decir, manteniendo los medievales criterios de propiedad, que convenían a terratenientes y burgueses capitalistas.
Por su parte, el socialismo asumió como propio el criterio de propiedad territorial estatizada a nombre de toda la población, pero a diferencia del capitalismo, esta no sería entregada en concesión a quienes tengan el capital para explotarla, sino que sería entregada, en usufructúo, a quienes la trabajaran directamente. Esto significaría, que el acceso a la tierra seria igualitario por completo, pues no estaría supeditado a las diferencias de capital, diferencias que son intrínsecas al régimen burgués capitalista.

Esta situación se concretó con la revolución rusa de 1917. Al respecto, el gobierno soviético expropio todas las tierras y las estatizó, pero ante la circunstancia de que las poblaciones campesinas empezaron a abandonar sus antiguas propiedades, se corrió el riego de llevar a la naciente unión soviética a un colapso agrario. A ello se le sumo el hecho de que, en ese momento, Rusia estaba sumida en una cruenta guerra civil y la clase proletaria, organizada en los soviets, para mantenerse en el poder, busco una alianza con la clase campesina, devolviéndole sus antiguas tierras, aunque bajo un nuevo régimen de propiedad. El gobierno soviético ensayó, entonces, un nuevo modelo de propiedad, que se distinguiera del modelo capitalista y que, a su vez, mantuviera cierta proximidad (en realidad ficticia) a los postulados socialistas.
El resultado fue la colectivización de la tierra, que, en nuestra historia contemporánea, solo ha generado el empobrecimiento de las colectividades propietarias.
En suma, la colectivización de la tierra no es un postulado socialista, sino estalinista y quienes sostengan que colectivizar las tierras de las poblaciones indoamericanas, es una medida socialista, solo está hablando por que tiene boca, habla desinformadamente, sin conocimiento y con mucha ignorancia.

Se despide su amigo uranista.

Ho.

Imágenes.
1. Foto tomada de: jornada.unam.mx
2. Foto tomada de: cinosargo.bligoo.com
3. Cartel de propaganda sovietico sobre la colectivizacion de la tierra. Imagen tomada de: claseshistoria.com

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